Estimados Dirigentes:
Junto con saludar, informo a ustedes que en el día de hoy he sido convocado a participar en la conformación del Comité de Ausentismo, instancia que tiene por objetivo abordar y prevenir el elevado nivel de ausencias laborales dentro del Instituto Nacional del Deporte (IND), específicamente aquellas relacionadas con licencias médicas.
En dicha reunión se nos comunicó lo siguiente:
1. Definición de Ausentismo: Se entiende por ausentismo laboral la ausencia del funcionario/a a sus labores producto de licencias médicas.
2. Casos de Connotación Pública: Según información entregada por el IND y basada en el informe de la Contraloría General de la República, existen 54 casos a nivel nacional (equivalentes a 83 licencias médicas) donde presuntamente los funcionarios estuvieron fuera del país durante sus periodos de licencia médica.
3. Investigación Administrativa: Se ha designado como Fiscal Único al Sr. Rodrigo Henríquez, Jefe de la División Jurídica del IND, quien llevará a cabo los sumarios administrativos e investigaciones correspondientes.
4. Alcance de la Investigación: Sólo se considerará la nómina entregada por la Contraloría que corresponde al periodo 2023-2024.
5. Confidencialidad: Los nombres de los funcionarios involucrados se mantienen bajo secreto de sumario. Cualquier divulgación indebida de información será objeto de medidas disciplinarias.
6. Rol del Comité: El Comité de Ausentismo tendrá una función preventiva y educativa. Se nos presentó un listado adicional (no objeto de investigación) que incluye a 64 funcionarios con más de 180 días de licencia médica en el último periodo. El comité enfocará sus acciones en generar conciencia y prevención respecto de prácticas indebidas.
7. Objetivo Principal: La intención del comité es prevenir y reducir las altas tasas de ausentismo que afectan al servicio.
8. Exclusiones del Comité: Este comité no abordará materias relacionadas con feriados, cometidos funcionarios, días administrativos, permisos gremiales ni otros derechos contemplados en el ejercicio de la función pública.
9. Derecho a Defensa: Los funcionarios involucrados en los procesos investigativos contarán con todas las garantías del debido proceso y el derecho a defensa, conforme a lo establecido en el Estatuto Administrativo.
Agradezco su atención y quedo atento a cualquier consulta o inquietud al respecto.
Sin otro particular, les saluda cordialmente,
Gabriel Carrasco Vergara
Presidente Nacional ASOFIND







